Existe un reporte que brinda la institución buró de crédito (sociedad de información crediticia) que proporciona a los solicitantes de comportamiento crediticio como bancos (instituciones de crédito) u otras sociedades que otorgan créditos, como las SOFOM, principalmente, que muestran los juicios que se relacionan con los sujetos que solicitan un crédito. Este reporte de juicios, acompaña al reporte de crédito y no está al alcance del futuro acreditado, sino únicamente es visible a la institución que pide el reporte, por lo que para poder conocerlo, y en su caso, presentar aclaración alguna, deberá proporcionarlo la institución que lo tiene.
En dicho reporte de juicios se muestran los resultados de una consulta a las bases de datos de los tribunales de justicia de los Estados, y que son publicados en sus portales para conocimiento de las partes en los diversos juicios o procesos legales en que aparezca el nombre del demandado.
Sin embargo, es posible que de la consulta a las bases de datos de los juicios o procesos legales, muestre la coincidencia por nombre, arrojando un posible error, ello debido a las posibles homonimias de los nombres de las personas.
Por ejemplo si una persona se llama «Juan Pérez», aparecerá por coincidencia en todos los juicios que aparezca su nombre relacionado con juicios en todos los Estados de la República, incluyendo municipios que cuenten con juzgados civiles, mercantiles, e incluso familiares.
Lo anterior es absurdo, por ejemplo, si observa el reporte de juicios un analista de crédito sin conocimientos jurídicos, podría negar el crédito por tener una persona juicios mercantiles o civiles, pero por ejemplo, si muestra sólo un acuerdo y data del año 2010, es de suponerse que probablemente existió una prevención sin desahogarse a cargo del actor y no se notificó la demanda al demandado y éste nunca se pudo defender legalmente, pero hay que mirar esta situación con criterio. Otro supuesto, aparte del anterior y de una posible homonimia, pudiera ser que el juicio muestre solo uno o dos acuerdos desde hace 2 o 3 años, por lo cual es posible asumir que el juicio terminó por alguna causa de caducidad, y que incluso fue mandado el expediente al archivo o a destrucción, quizá por un posible abandono del actor. Sin embargo, son solo suposiciones, ya que la verdad la contiene el expediente del juicio, del cual quizá ni siquiera haya sido notificado al demandado, en este caso el solicitante del crédito, o también puede tratarse un homónimo. Además también suponiendo que el juicio haya sido en todas sus etapas y dictado sentencia, no necesariamente debe ser condenatoria, ya que una cosa es demandar en juicio y otra que obtenga una sentencia condenatoria al demandado, incluso pudo haberse celebrado un convenio en juicio para terminar con la contienda.
Ante innumerables situaciones jurídicas que no necesariamente hacen a una persona mala pagadora, existe un procedimiento aclaratorio ante buró de crédito, pero requiere de presentar el reporte de juicios con su respectivo folio (documento al cual no tenemos acceso), que deberá ser proporcionado por los ejecutivos de crédito del banco o SOFOM, así como copias certificadas de la sentencia y se debe llenar un formato, acompañado de la copia de identificación oficial, y se hace presenta en las ventanillas de las oficinas de buró de crédito directamente, al cual darán respuesta en un plazo de cinco días.
El problema surge cuando los ejecutivos de crédito no quieren o no pueden otorgar dicho reporte «secreto» que contiene los juicios, basados en políticas del banco de seguridad, confidencialidad, etc., como recientemente lo presencié en Banco del Bajío cuando una ejecutiva se negó a proporcionarlo por políticas del banco. Así resulta absurdo que, mientras los solicitantes del crédito autorizamos por escrito al banco o SOFOM a consultar nuestra información a Buró de Crédito, y la información que éste provee, no se nos puede proporcionar, es decir ya no es nuestra información al no podernos dar dicho reporte, sino que es de la institución solicitante, y a la postre al desconocer dicha información no tenemos elementos para aclarar ante buró de crédito, y aque sin dicho documento no le dan entrada, a más de que dicho reporte no debe tener una antigüedad mayor a 90 días.
Lo anterior nos deja en plena vulnerabilidad o dicho de otro modo en estado de indefensión al no poder combatir o aclarar los procesos legales o juicios atribuidos a nuestro nombre, quizá falsamente, ya por homonimia u otra causa.
Otra opción es acudir a la CONDUSEF, a pedir que buró de crédito, voluntariamente exponga el listado de juicios que pone al alcance de las instituciones de crédito o SOFOM y poder aclarar.
En todo caso, estamos indefensos y sujetos a la voluntad de las instituciones de crédito y sociedades de información crediticia como Buró de Crédito.